REGLAMENTO

De 300 hasta 2,200 pesos: las multas de tránsito para peatones en Cancún

Estos lineamientos aplican para todas las personas que habitan en la entidad

LOCAL

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No respetar el Reglamento conlleva multas Créditos: Gobierno de Cancún

Si bien el Reglamento de Tránsito del Municipio de Benito Juárez está escrito para favorecer la circulación de todos los usuarios, en especial de los peatones, estos cuentan con diversas reglas que se deben seguir o de lo contrario serán sometidos a sanciones que deberán pagar al gobierno

Estas acciones tienen la intención de brindarles seguridad y evitar que se pongan en riesgo a sí mismos y a las demás personas. Debido a esto, en Cancún se tienen diversas multas por incumplir con las disposiciones del gobierno. El no cumplirlas no genera antecedentes penales, pero puede significar una visita al Juzgado Cívico

Los agentes de Tránsito pueden remitir a una persona por no cumplir con el Reglamento de Tránsito. FOTO: Archiv. 

Sanciones de Tránsito para peatones en Cancún

No podrán transitar a lo largo de la superficie de rodamiento de ninguna vía primaria, ni desplazarse por ésta en vehículos no autorizados.

  • Corresponde una multa de tres a cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente, lo que equivale a un monto de 339.42 a 565.70 pesos.

En las avenidas y calles de alta densidad de tránsito, queda prohibido el cruce de peatones por lugares que no sean esquinas o zonas marcadas para tal efecto.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

En intersecciones no controladas por semáforos o policías de tránsito, los peatones deberán cruzar únicamente después de haberse cerciorado que pueden hacerlo con toda seguridad.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

Para atravesar la vía pública por un paso de peatones controlado por semáforos o policías, deberán obedecer las respectivas indicaciones.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

No deberán irrumpir intempestivamente la superficie de rodamiento.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

En cruceros no controlados por semáforos o policías, no deberán cruzar frente a vehículos de transporte público de pasajeros detenidos momentáneamente.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

Ningún peatón circulará diagonalmente por los cruceros o intercepciones.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).
Las personas deben pagar las multas a las cuales son acreedoras. FOTO: gobierno de Cancún

No sujetarse o abordar un vehículo que se encuentre en movimiento o en circulación.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

Deberán abordar los camiones solamente en los paraderos autorizados por autoridad competente.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

Cuando no haya banquetas, deberán circular por el acotamiento; a falta de este, por la orilla de la vía, pero en ambos casos dando el frente al tránsito.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

Cuando inicien su cruce en una vía, no deberán demorarse sin necesidad.

  • Corresponde una multa de tres a cinco UMA vigente (339.42 a 565.70 pesos).

No permanecer en un área de siniestro, ni obstaculizar las labores de los cuerpos de seguridad o de rescate. Corresponde una multa de diez a quince UMA vigente (equivalente a 1,131.40 a 1,697.10 pesos) y se remitirá al Juez Cívico.

No lanzar objetos a los vehículos.

  • Corresponde una multa de quince a veinte UMA vigente (equivalente a 1,697.10 a 2,262.80 pesos), sin perjuicio de la responsabilidad legal que corresponda, por lo que se remitirá a la autoridad competente.