CÓDIGO PENAL

¿Cuál es el castigo por casarse dos veces en Quintana Roo?

Esta conducta está sancionada para evitar que las personas tengan dobles matrimonios y fallen a los derechos de sus parejas

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El Código Penal de la entidad mantiene condiciones para evitar que las personas adquieran nupcias por duplicado.Créditos: Freepik

Pese a que algunas personas gustan de presumir que tienen corazón de condominio, si hacen efectiva una conducta poliamorosa por medio de un trámite oficial, pueden llegar a la cárcel. El Código Penal del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo lo dicta así dentro de su normas. 

La norma local es clara al punto de que castiga con una pena monetaria y de cárcel a cualquiera que lleve a cabo dos uniones matrimoniales dentro del estado sin disolver las pasadas. 

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¿Qué es la bigamia y por qué está penada en Quintana Roo?

Los diccionarios jurídicos definen la bigamia como la acción en la cual una persona contrae nupcias por segunda vez sin disolver algún compromiso similar previo a este. En gran parte de los países esta conducta está penada de diversas formas. 

Esto se debe a que con la unión matrimonial se obtienen derechos y obligaciones con la pareja. Al llevar a cabo otro compromiso de este tipo, se puede desproteger al primer marido o a la primera esposa. 

Esto crea además conflictos legales que tienen que ver con cuestiones como la pensiones, herencias, obligaciones e inclusive con el seguro social del cual disfrutan los familiares en línea directa. 

En Quintana Roo solamente se puede tener un matrimonio a la vez. FOTO: Archivo.

¿Cuál es el castigo por casarse dos veces en Quintana Roo?

Si bien la ley no castiga a las personas que llegan a casarse por segunda ocasión en caso de que disuelvan la primera unión, en el caso de que este trámite se lleve a cabo sin un divorcio a las nupcias previas, sí habrá una pena. 

El Artículo 174 del Código Penal local establece que se impondrá a quien incumpla esta norma con la prisión de seis meses a tres años y además de una multa económica de 25 a 50 días de multa. 

Es decir, la sanción económica que deriva de esta acción es de entre dos mil 828 pesos a los cinco mil 657. En el caso de que la persona con la que se contraiga el segundo matrimonio sepa que su pareja es casada, también será sometida a este castigo.