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Refrendo vehicular 2025 ¿Cuáles son los requisitos para cumplirlo en Quintana Roo?

Esto es lo que debes saber para realizar tu refrendo vehicular del 2025 en Quintana Roo

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Esto es lo que deberás hacer para pagar el refrendo vehicular 2025 Créditos: Generado con Meta AI

Como es común en diversos estados de la nación, incluyendo Quintana Roo, se llevará a cabo el pago de la tenencia de vehículos en las primeras semanas del 2025, por lo que los residentes de este estado deben hacerlo en los primeros meses del año para prevenir penalizaciones futuras. 

Es por ello que la gobernadora del estado, Mara Lezama, compartió información importante que debes tener presente si es que eres de los que debe cumplir con este pago al inicio del año, tal y como lo estipula la ley, para que de esta forma te evites problemas futuros por retrasos. 

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Se recuerda a los conductores que deben abonar este impuesto durante los meses de enero y marzo de este año, de esta manera se evitarán sanciones, así ue te dejamos toda la información necesaria para poder realiza este trámite en tiempo y forma, incluso hasta tomando algún descuento .

Mara Lezama invita a quintanarroenses a cumplir con refrendo vehicular?

La gobernadora compartió e sus redes la recomendación de solventar este pago correspondiente al 2025, al mismo tiempo de que dejó los requisitos que se deberán presentar para realizar este pago. 

"Atención quintanarroenses, es momento de realizar el refrendo vehicular 2025. Recuerden que pagando este refrendo de enero a marzo queda subsidiado al 100% el pago de la tenencia. Aquí les compartimos los requisitos y formas de pago. También pueden acudir a las oficinas del SATQ. ¡No dejen pasar el tiempo y asegúrense de cumplir con su refrendo para seguir circulando sin contratiempos! ", compartió Mara Lezama en sus redes sociales. 

¿Cuáles son los requisitos para el refrendo vehicular 2025?

Documentación original y una copia (Trámite sujeto a validación.)

  • Identificación oficial vigente del propietario

INE, pasaporte o cédula profesional.

Para el caso de personas físicas de representación legal se debe anexar escritura pública o carta poder certificada.???Para personas morales, acta constitutiva o escritura pública donde lo designen como representante o apoderado legal.

  • Original de la última tarjeta de circulación emitida.

a. En su caso constancia de no infracción.

  • Comprobante de pago del Impuesto Sobre Uso o Tenencia

Vehicular y/o derechos por control vehicular (CFDI)*