67 infracciones a conductores, así como la remisión de 16 motos y 6 automóviles al depósito vehicular fue el saldo del operativo vial que se llevó a cabo en Cancún, Quintana Roo, en la zona hotelera. El objetivo fue liberar los espacios donde está prohibido estacionarse en las vialidades de este punto del municipio.
Esta acción se lleva a cabo para evitar que los peatones que pasan por esta zona se enfrenten a riesgos relacionados con la obstrucción de espacios para su libre circulación. A fin de que estas prácticas sean controladas, el gobierno local se encarga de realizar las multas correspondientes.
¿Dónde está prohibido estacionarse en Cancún, Quintana Roo?
El Reglamento de Tránsito del Municipio de Benito Juárez establece diversos puntos en los cuales está prohibido estacionarse. Los automovilistas o motociclistas que lo hagan serán sometidos a una multa. A continuación la lista de lugares donde no pueden detener su marcha.
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- Áreas reservadas para peatones.
- En doble fila.
- Frente a la entrada de vehículos, a menos de que sea el dueño del inmueble.
- A cinco metros o menos de la entrada de la estación de bomberos o a 25 metros de la acera opuesta.
- Vías de circulación continúa, accesos o salidas.
- A menos de 50 metros de un vehículo estacionado del lado opuesto en una carretera de dos carriles o menos.
- A 100 metros de una curva o cima sin visibilidad.
- En cruces peatonales, aunque no tengan marcas en el pavimento.
- En zonas de carga y descarga.
- En glorietas.
- En sentido contrario.
- En estacionamientos de bancos o donde se manejen valores.
- Frente a tomas de agua para bomberos.
- Donde haya señalamiento restrictivo.
¿Cuáles son las multas por estacionarte en lugar prohibido en Cancún?
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito local, las personas que se estacionan en estos lugares deben ser sometidas a una multa, la cual se determina conforme a la gravedad del hecho. A continuación las posibles sanciones económicas:
- De 5 a 8 veces la Unidad de Medida y Actualización (De 566 pesos a 905 pesos).
- De 10 a 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (De 1,131 pesos a 1,697 pesos).
- De 15 a 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (de 1,697 pesos a 2,262 pesos).