El registro civil de Benito Juárez modificó los requisitos para contraer matrimonio, esto tras una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que invalidó diversas disposiciones del Código Civil de Quintana Roo.
Anteriormente, el Artículo 682 exigían a los contrayentes presentar un certificado médico con información sensible sobre su salud, incluyendo si padecían alguna enfermedad crónica o incurable, si esta era contagiosa o hereditaria, lo cual fue considerado una intromisión injustificada en la vida privada de las personas.
Eduardo Kuyok Rodríguez, director de la dependencia municipal, explicó que de ahora en adelante ya no será requisito los análisis de laboratorio y certificado médico para establecer si alguno de los contrayentes padece de alguna enfermedad crónica o incurable.
“Nosotros ya eliminamos dentro de los requisitos para contraer matrimonio los análisis de laboratorio como tal y lo único que vamos a estar solicitando es el certificado médico”, dijo.
El entrevistado mencionó que, durante el tiempo en que estuvo vigente dicha disposición, ninguna de las oficialías del Registro Civil en Benito Juárez recibió algún reclamo.
Además de tener que presentar dicho certificado médico, la fracción II de dicho artículo también establecía que el documento debía especificar los alcances y efectos de los padecimientos, así como si existe algún riesgo y las medidas para la prevención, de tal manera que, las personas están debidamente informadas de su decisión.
“Los párrafos penúltimo y último del artículo 700, también son inconstitucionales, ya que vulneran el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad y de quienes viven con condiciones de salud socialmente estigmatizadas”, informó.